Violar la autonomía de los órganos constitucionales pone en riesgo la gobernabilidad

Francisco Hurtado Delgado

La autonomía de los órganos constitucionales, es una garantía para sostener la gobernabilidad; lo anterior es indiscutible, porque si fuera lo contrario a un sistema democrático, estaríamos bajo un escenario de retroceso a la gobernabilidad, y serían más notables la arbitrariedad y autoritarismo de los gobiernos en funciones; es por ello que surge la pregunta: ¿Es conveniente mantener la autonomía técnica, de gestión y financiera de los órganos autónomos constitucionales, para poder ejercer la independencia y autonomía en su funcionamiento y decisiones ante cualquier abuso de poder?

La autonomía e independencia en las decisiones de los órganos autónomos, se refiere a aquella situación institucional que permite a las autoridades, emitir sus decisiones con plena imparcialidad y en estricto apego a la normatividad aplicable al caso, sin tener que acatar o someterse a indicaciones, instrucciones, sugerencias o insinuaciones provenientes ya sea de superiores jerárquicos, de otros poderes del Estado, o incluso, de personas con las que guardan alguna relación de afinidad política, social o cultural.

Lo anterior, es básicamente conocido en la parte teórica, sin embargo, la parte operativa y experimental es básica para el desarrollo de las instituciones autónomas. En ese sentido, para garantizar la autonomía de los órganos, se debe evitar cualquier acto que atente contra su integración y funcionamiento, o que pretenda subordinarlos. Se considera que un órgano autónomo, no debe ver afectada su composición o estructura orgánica mediante la intervención de los órganos de poder público de las entidades federativas o como los poderes ejecutivos  y legislativos locales, ello con la finalidad de que sus decisiones se aparten de eventuales influencias de dicho órgano a través de los servidores públicos que nombre, a fin de brindarle certeza a los órganos estatales autónomos.

Es importante hacer notar que, los órganos autónomos son situados al mismo nivel que los poderes tradicionales del Estado, con los que guardan relaciones de coordinación y control. Su presencia supone una evolución de la teoría tradicional de la separación de poderes, ampliándola; abren espacios de negociación y diversidad en el proceso de toma de decisiones. En caso de existir alguna posible arbitrariedad o abuso del poder, se debe acudir ante las instancias revisoras del comportamiento y/o defender la constitucionalidad de los derechos, pero no hacer justicia por su propia mano o litigarse a través de medios de comunicación, porque nuestro sistema de gobernabilidad necesita madurez de los actores, así como responsabilidad y prudencia de las instituciones ante los gobernados.

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