Francisco Hurtado Delgado
Sin lugar a dudas los próximos comicios electorales enfrentaran muchos retos y desafíos en medio de una pandemia que no da tregua. El tiempo ha transcurrido e iniciaran en el mes de septiembre del presente año los preparativos de los comicios en México; asimismo, es importante resaltar que el termino de realizar cambios en las reglas electorales que se aplicarán ha concluido, ¿Quedaría en el tintero de los congresos locales y del federal alguna regla pendiente a modificar para el proceso electoral en puerta?
Treinta y dos entidades federativas tendrán una elección local el mismo día. En quince de ellas se renovarán Gobernadores, Alcaldías y Congresos; mientras que en trece estados cambiarán Ayuntamientos y Diputados; en dos sólo legisladores locales y en dos más, únicamente Ediles.
De manera concreta en el 2021, las treinta y dos entidades del País tendrán elecciones locales y se elegirán un total de 21,368 cargos, 15 gubernaturas, renovación de Congreso Local en 30 estados (un total de mil 063 diputaciones), alcaldías de 30 estados (mil 924 puestos) y 431 juntas municipales. Así también en el Congreso de la Unión se renovarán 500 puestos de este órgano legislativo con la opción de la reelección. En síntesis estará en juego la gobernabilidad de nuestro país.
De temas relevantes en esta contienda electoral, puedo citar algunos, es decir, ya no figurará una imagen popular como la de AMLO del cual puedan colgarse; ahora será la propia marca que hayan registrado los servidores públicos durante la gestión realizada en caso de contender por otro cargo; o los méritos propios que tengan las personas en general que se postulen.
Por otra parte, será relevante la autodeterminación y sistemas normativos de los pueblos indígenas bajo el principio de pluralismo político; por ende, con base al artículo segundo de la constitución federal, el derecho de acceder y desempeñar cargos públicos y elección popular, y que dicha previsión de la tutela sea con igualdad en el ejercicio de tales derechos. Así también, de tener representantes en los ayuntamientos y obligar a los partidos políticos de postulaciones indígenas.
Por lo anterior, los poderes ejecutivo y legislativo particularmente este último, debieron haber armonizado la Constitución local y la legislación interna a la Constitución Federal y tratados internacionales en materia de derechos indígenas, por cuanto hace a garantizar su acceso en condiciones de igualdad sustantiva a las candidaturas, para los cargos de elección popular en la entidad, debiendo implementar acciones afirmativas a su favor, que coadyuven en la materialización de la participación efectiva de las personas indígenas en los cargos de elección popular y los OPLES crearlas a través de las mismas acciones afirmativas con la instalación de la Comisión Ejecutiva Temporal de Asuntos Indígenas.
En fin la contienda presagia una disputa feroz, un incremento significativo de medios de impugnación y un entorno de abstencionismo propiciado por la pandemia de la corrupción y del COVID-19.