*Será con pleno respeto a los derechos humanos y privilegiando el diálogo: Romero Benítez
Con pleno respeto a los derechos humanos y privilegiando el diálogo en cada caso específico, el Ayuntamiento y el Mando Coordinado en Cuernavaca harán cumplir en caso de ser necesario, el Bando de Policía y Buen Gobierno, en casos de renuencia y resistencia a respetar las medidas de aislamiento social ante la vigencia de la fase tres de la contingencia por coronavirus.
Así lo informó el secretario del Ayuntamiento, Erick Santiago Romero Benítez, quien precisó que durante su mandato, el alcalde Antonio Villalobos Adán, ha sido y es respetuoso de los derechos humanos y, ante la emergencia sanitaria por la pandemia, el gobierno municipal cumplirá con lo contenido en el Artículo 128 del Bando de Policía y Buen Gobierno.
A la letra, dicho ordenamiento indica en su fracción segunda: “Dañar o hacer mal uso de las obras que prestan un servicio público e infringir las normas administrativas emitidas por el Ayuntamiento”; mientras que la fracción cuarta del mismo artículo sanciona “atentar en contra de la salud pública”; en tanto que el Artículo 129, fracción tercera, advierte como falta punible “poner en peligro la integridad física, moral o patrimonial de los habitantes del municipio”.
Confirmó que habrá detenciones administrativas “siempre y cuando se viole el Artículo 128 y sus fracciones”, pero en situaciones en las que se haya agotado el diálogo y la disuasión respetuosa por parte de los elementos policiacos, ya que no se puede negar la rotunda negativa de algunas personas sobre la existencia y efectos de la pandemia.
Al respecto, Romero Benítez indicó que el Artículo 133 del mencionado Bando municipal describe que las infracciones descrita podrán ser sancionadas con apercibimiento, multa de 100 y hasta 500 UMAS, llegando al arresto hasta por 36 horas (fracción séptima) y/o trabajo a favor de la comunidad” (fracción octava) del mismo ordenamiento.
Además de lo anterior, el Acuerdo de Cabildo que activa el Plan de Contingencia Municipal señala en su artículo séptimo que “las personas físicas y morales (que) no cumplan con las medidas de seguridad sanitaria (…) se harán acreedoras a las sanciones establecidas” en el Bando mencionado.
Invocó el recurso jurídico de “pro-homine” o “en beneficio de la persona y en beneficio de la comunidad”, para que el Ayuntamiento recurra a la facultad legal del Artículo 128 del Bando que permite resguardar administrativamente a personas que atentan contra la integridad física de las personas y la colectividad.
El secretario del Ayuntamiento aclaró que por tratarse de condiciones extraordinarias, no será tratado como encarcelamiento o detención, sino como una medida administrativa sancionada por el Juez Cívico, similar a las más comunes como: alterar el orden, hacer sus necesidades fisiológicas en público, consumir bebidas embriagantes en la vía pública, riña y otras similares, las cuales serían cumplidas en el Sector 9 del mercado “Adolfo López Mateos” que ha sido sanitizado en previsión de la aplicación de dicho ordenamiento del Bando municipal.
En el caso de establecimientos no esenciales o imprescindibles , así como expendios de comidas y bebidas que no apliquen la sana distancia y la venta de alimentos “para llevar” o a domicilio, el Bando prevé, primero, amonestación e incluso clausura a cargo del personal de gobernación municipal o Protección Civil.
Además del personal mencionado en materia de establecimientos comerciales, las medidas restrictivas personales podrán ser aplicada por elementos del Mando Coordinado designado en Cuernavaca.
En tanto, los integrantes de las Caravanas por la Seguridad y la Salud de la Mesa para la Construcción de la Paz que recorren Cuernavaca y otros municipios, por su parte, continúan invitando a quedarse en casa a través de perifoneo y en forma personal, pues no hay ningún tipo de persecución, abuso de autoridad o detenciones arbitrarias, pues contrario a los rumores, ninguna persona ha sido sancionada por estas causas.