*Eva Penélope Picazo Hernández es la nueva Presidenta del Comité Anticorrupción del Estado de Morelos
En la Primera Sesión Extraordinaria del año 2020, del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos se aprobó por unanimidad el acuerdo que emite el Órgano respecto del procedimiento de selección de la persona titular de la Secretaría Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema, en los términos de sus considerandos y resolutivos que fueron hechos de lectura, en donde se resalta:
Primero. Este órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Morelos es competente para conocer y resolver, lo relativo a la terna de personas para ocupar el cargo de Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Morelos, propuesta por el Comité de Participación Ciudadano.
Segundo. Los integrantes de la propuesta para el cargo de Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos presentadas por el entonces presidente del Comité de Participación Ciudadana, no se encuentran legalmente conformadas, en virtud de que las personas que la integran, no reúnen los requisitos que exige el artículo 36 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos, por las razones y fundamentos expuestos en el considerando tercero de este acuerdo.
Tercero. La terna de candidatos a secretarios técnicos de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos presentada por el presidente del Comité de Participación Ciudadana, en sesión del 31 de octubre de 2019, no cumple con los artículos establecidos en los artículos 35 y 36 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos.
Cuarto. Notifíquese por medio de cédula a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, a que efecto de que por conducto de su presidenta remita a la brevedad posible y atendiendo a la urgencia del caso, una nueva terna integrada por personas que si reúnan los requisitos establecidos en el articulo 36 de la le Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos
Quinto. Con copia cotejada de la presente, hágase de conocimiento el presente acuerdo al Juez Octavo de Distrito en el Estado de Morelos en relación al juicio de amparo 1824/2019 Estuvieron presentes en su totalidad todos los integrantes del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos, establecido en el Artículo 30 del la Ley Anticorrupción del estado de Morelos.