La importancia de los derechos sociales
Francisco Hurtado Delgado
Iniciaré haciendo una interrogante provocadora, ¿Se considera a los derechos fundamentales como normas? En el sentido común entendemos a los derechos fundamentales, como aquellos inherentes al ser humano y que pertenecen a toda persona en razón a su dignidad. Bajo este cuestionamiento los derechos sociales deben estar a la par de los derechos fundamentales.
En un interesante análisis que hace Manuel Atienza a Bruno Celano en su obra “Los derechos en el Estado constitucional” considera el Profesor Atienza que permitir aprender mucho de teoría del Derecho, nos conduce y sirve para entender mejor los problemas que plantea la práctica jurídica en el Estado constitucional.
Pero bien, la tesis que se analiza en razón a la paridad de los derechos sociales, es de resaltar con importancia que no solo la libertad y los derechos políticos son los únicos derechos fundamentales, sino también a la misma altura están los derechos sociales, porque si no existieran estos derechos sociales, carecerían de sentido los de libertad y los políticos, porque además garantizan las condiciones mínimas de existencia y apelan también por los valores de libertad, fraternidad e igualdad.
Como define Atienza el derecho es una práctica social y los derechos son más bien valores, bienes o razones que sirven de fundamento para crear una red de relaciones normativas dirigida a proteger esos valores, toda vez que el derecho debe tener una dimensión valorativa; porque como se ha expresado, el derecho no solo puede ser un conjunto de normas o algunas de las vías, aparte de la coerción u obligación, en las que el derecho puede servir, corroborar o ser un instrumento de poder social; el derecho también debe servir y ser el vehículo del poder para vivir de manera igualitaria y de esa manera asegurar la dignidad de las personas.