*Se cumple con la Agenda Legislativa: Tania Valentina Rodríguez Ruiz

Los diputados integrantes de la LIV Legislatura aprobaron, por unanimidad, la creación de la Ley de Seguridad Privada para el Estado de Morelos y avalaron la Ley que Regula el uso de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Comisión Estatal de Seguridad Pública del Estado de Morelos.

Respecto de esta nueva Ley de Seguridad Privada para el Estado de Morelos, la cual consta de 71 artículos, integrados en 14 capítulos, además de seis disposiciones transitorias, la diputada Tania Valentina Rodríguez Ruiz, presidenta de la Junta Política y de Gobierno y coordinadora del Grupo Parlamentario del PT, manifestó que, con esta nueva normativa, “los integrantes de la LIV cumplimos con la Agenda Legislativa del estado de Morelos, principalmente en el tema de seguridad”.

En este sentido, destacó el gran trabajo conjunto tanto con los demás diputados como con las empresas de seguridad privada, cuyos asesores analizaron la necesidad de esta ley, y aseguró que ambas partes “encontramos un beneficio importante”.

Dio a conocer que con esta normativa “todos los integrantes de las corporaciones de seguridad privada serán sometidos a exámenes de control y confianza” y agregó que mediante la aprobación de este dictamen se “quitará a Morelos de la lista negra” de entidades de la República que no cuentan con una Ley de Seguridad Privada.

Finalmente, Tania Valentina Rodríguez explicó que esta medida aprobada da certidumbre en el tema de seguridad “a la gente que invierte en Morelos”, y certeza jurídica a las empresas de seguridad privada, las cuales, acotó, generan más de cinco mil empleos en el estado de Morelos.

En cuanto a la Ley de Uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación de la Comisión Estatal de Seguridad Pública del Estado de Morelos, los integrantes de la LIV Legislatura aprobaron esta nueva normativa que consta de 38 artículos, distribuidos en 10 capítulos y que además cuenta con seis disposiciones transitorias.

Esta Ley pretende, básicamente, regular la ubicación, instalación y operación de equipos y sistemas tecnológicos a cargo de las instituciones de seguridad pública. Asimismo, establecer la regulación sobre el uso resguardo y protección de la información obtenida a través de los equipos y sistemas tecnológicos implementados para fines de la seguridad pública y la procuración de justicia.

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