Por Francisco Hurtado Delgado
Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
El proceso de construcción de nuestra vida democrática no ha sido fácil y se ha venido perfeccionando proceso tras proceso electoral. No hace mucho tiempo se tenía la falsa idea de que el pleno del tribunal electoral operaba cada vez que había elecciones y cuya facultad principal era calificar las elecciones y resolver los conflictos electorales.
Consolidar la vida democrática de l@s mexican@s requiere de arduo trabajo y una constante capacitación y preparación del personal que labora en las instituciones electorales y en los órganos impartidores de justicia electoral. Pero sobre todo, el actualizar y perfeccionar nuestros marcos normativos. La tarea es permanente.
¿Pero por qué la ciudadanía, incluso algunos personajes reconocidos en la política estatal y nacional, tienen la percepción errónea de que las instituciones electorales solo deben operar cada vez que hay un proceso electoral? Y por esta manera de entender la democracia, se piensa en centralizar los procesos electorales fracturando el pacto federal.
En el artículo 124 de la Constitución política se estable el federalismo como la organización política del Estado mexicano en la que los estados de la federación son soberanos y están unidos mediante un pacto federal en sus tres niveles de gobierno: federal, estatal y municipal; en palabras de Gibson Eduard en su obra “Federalism and Democracy in Latin America”, refiere que el federalismo se caracteriza por la combinación de los principios de unidad y autonomía interna entre una amplia variedad de organizaciones políticas.
Con este referente estimamos la conveniencia de que un tribunal electoral local es un órgano autónomo encargado de resolver controversias en materia electoral y proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos, es decir, impartir justicia en el ámbito electoral, sin embargo la demanda de trabajo ha crecido con las elecciones de autoridades auxiliares, creación de partidos políticos, demandas de trabajadores de órganos electorales, controversias de las resoluciones de los Institutos electorales locales, impugnaciones de autoridades electas por afectación a los derechos político electorales y muchas más actividades como capacitación, elaboración de jurisprudencia, academia, etcétera.
Un Tribunal Electoral local es un órgano autónomo y que dentro del federalismo debemos seguir protegiendo para cumplir con su misión y visión, para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad en los actos y resoluciones electorales, asimismo, ser un órgano de vanguardia en la impartición de justicia electoral mediante esquemas de modernización, eficiencia, transparencia, justicia abierta y rendición de cuentas.
Centralizar a los órganos impartidores de justicia electoral podría significar un retroceso de la democracia y dejar de ser una institución fuerte y frenar el proceso de consolidación de nuestra vida democrática.