El diputado Julio Espín Navarrete presentó iniciativa de reformas al Código Penal para el Estado de Morelos, a fin de establecer sanciones que incluyen cárcel de uno a tres años para quienes provoquen accidentes viales al conducir y utilizar de manera simultánea un teléfono celular o cualquier otro equipo de comunicación que lo distraiga.
El diputado presidente de la Junta Política y de Gobierno, al presentar su propuesta dejó abierta la posibilidad para que las comisiones de Puntos Constitucionales y Legislación y de Salud, a las que les fue turnada para su análisis y dictamen, incluyan en las sanciones otro tipo de distractores que pueden generar accidentes, como maquillarse, fumar, beber o llevar mascotas mientras se conduce.
La iniciativa con proyecto de decreto modifica las fracciones I, II y III del artículo 238 del Código Penal, con la finalidad de disminuir los accidentes viales a causa de distracciones y castigar de manera severa a los conductores que los provocan como consecuencia de manejar de manera imprudencial.
En esta iniciativa, el diputado Julio Espín, quien también es Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, propone establecer una pena de uno a tres años de prisión y, en caso de reincidencia, la pérdida del derecho de conducir, a quien provoque un accidente por manipular un equipo de radio comunicación o de telefonía celular mientras conduce.
Julio Espín explico que pese a existir un marco jurídico de tránsito y otro penal, se ha vuelto común transgredir dicha normativa, que es flexible en el sentido de las consecuencias jurídicas y a la hora de sancionar al infractor, únicamente señala trabajos a favor de la comunidad y suspensión o pérdida del derecho de conducir.
Agregó que las distracciones que se producen al manejar son variadas y aumentan considerablemente el riesgo de tener un accidente de tránsito, causar lesiones o incluso la muerte a personas, y aunque en casi todo el territorio nacional se encuentra prohibido por los reglamentos de tránsito esta acción, en la práctica los conductores siguen realizándola sin tomar en cuenta las consecuencias.
Espín Navarrete recordó que, en el año 2011, como integrante de la LI Legislatura, presentó al Pleno del Congreso iniciativa por la cual se reformó el artículo 238 del Código Penal para el Estado de Morelos, en el que se incorporó el concepto de “Conducción Temeraria”, es decir, el que mediante la conducción temeraria de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas o los bienes.