Con el objetivo reducir de 12 a cinco el número de diputados plurinominales, así como bajar en un 50 por ciento las prerrogativas destinadas a los partidos políticos en el estado, el diputado Mario Alfonso Chávez Ortega, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, confió en el apoyo de sus homólogos legisladores para retomar, consensar y aprobar las iniciativas que presentó meses atrás, ya que “la sociedad hoy en día quiere y busca que las autoridades hagan más con menos”.
Durante una rueda de prensa, indicó que su propuesta para disminuir el número de diputados plurinominales fue elaborada con el consenso y visto bueno de especialistas de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos; asimismo, se socializó con cámaras empresariales y mediante sondeos de opinión y encuestas a lo largo y ancho de la entidad.
La propuesta busca modificar el artículo 24 de la Constitución Política del Estado de Morelos, para “reducir a cinco los 12 diputados plurinominales y reinvertir los ahorros generados en programas de infraestructura social en beneficio de quienes más lo necesitan”, por lo que confió en la sensibilidad de sus compañeros diputados para retomar el tema, ya que ello sentaría un precedente nacional.
Dijo también que es necesario elevar al Congreso de la Unión la iniciativa para reformar el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos, con el objetivo de retornar al esquema que se tenía antes de la reforma político electoral del año 2014, a raíz de la cual se incrementó hasta en un 50 por ciento el financiamiento a los partidos políticos en todo el país.
La propuesta citada en el artículo 41 plantea que el financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanente se fije anualmente, multiplicando la votación válida emitida en la elección federal inmediata anterior en la que se eligió a diputados por el principio de mayoría relativa, por el cincuenta por ciento de la unidad de medida y actualización vigente el país.
Agrega que el cincuenta por ciento de la cantidad que resulte, de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el cincuenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
Con respecto al planteamiento en el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos, su propuesta señala que el Consejo General, en el caso de los partidos políticos nacionales, o el organismo Público Local, tratándose de partidos políticos locales, determinará anualmente el monto total por distribuir entre los partidos políticos.
Señaló que para ello se multiplicará la votación válida emitida en la elección federal o local inmediata anterior en la que se eligió a diputados por el principio de mayoría relativa, según sea el caso, por el cincuenta por ciento de la unidad de medida y actualización vigente en el país.
“La sociedad hoy en día quiere y busca que las autoridades hagan más con menos”, por lo que es necesario “reducir hasta en un 50 por ciento estas prerrogativas que se dan a los partidos políticos y regresar al esquema que se manejaba en el año de 2014”, señaló el legislador al indicar que para lograrlo espera contar con el apoyo de la mayoría de los diputados del Congreso.
Por otro lado, subrayó que en diciembre de 2016 fue aprobada por el Congreso su propuesta para sancionar a quienes realicen una cobranza extrajudicial indebida, tras reformar el artículo 147 Bis del Código Penal en la entidad con el objetivo de proteger a quienes sientan que han sido vulnerados o violados sus derechos, plasmados de antemano en tratados internacionales y en la Carta Magna.
Subrayó que ya es un hecho la sanción que se aplicará a quien, con la intención de requerir el pago de una deuda, ya sea propia del deudor o de quien funja como referencia o aval, intimide a otro con causarle daño en sus bienes o efectúe en su contra actos de hostigamiento; de ocurrir lo anterior se impondrán de seis meses a dos años de prisión, además de las sanciones que correspondan, si para tal efecto se emplearon documentación o sellos falsos o se usurparon funciones públicas o de profesión.