Este miércoles 25 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-080-SCFI-2016 «Arroz del Estado de Morelos», con lo que se cumple uno más de los compromisos del Gobierno de Graco Ramírez para impulsar el desarrollo del campo morelense.

El mandatario Expresó su satisfacción porque hoy fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la denominación de origen «Arroz del Estado de Morelos», que confirma que el único grano de calidad es el de la entidad.

Indicó que con ello se termina el uso del nombre “arroz de Morelos” para venderlo y engañar al consumidor; y permite a los productores locales iniciar acciones legales en contra de quien lo haga. Y confirmó una inversión de 50 millones para modernizar molinos de arroz y apoyo a la comercialización.

La norma forma parte del proceso para proteger al arroz producido en el estado, el cual consiguió el pasado 16 de febrero de 2012 la “Denominación de Origen” que ampara la planta, la semilla y el grano de la planta de arroz palay, que se siembra en 22 de los 33 municipios del estado.

Sin embargo, se necesitaba el sustento técnico que da la norma para consolidar esta denominación y evitar que los granos producidos en otros estados presuman la leyenda “Arroz Morelos”.

La Norma Oficial Mexicana establece las denominaciones comerciales de las diferentes variedades de «Arroz del Estado de Morelos», que se comercializan dentro del territorio nacional; así como las especificaciones fisicoquímicas que deben reunir esos productos para ostentar dichas denominaciones.

También precisa los métodos de prueba para demostrar su cumplimiento y la información comercial que deben contener las etiquetas de los envases o empaques que los contienen.

La Norma Oficial Mexicana es aplicable a las diferentes variedades de arroz: Morelos A-92, Morelos A-98 y Morelos A-2010, que se comercializan dentro país.

El siguiente paso para blindar al producto “orgullosamente morelense” será la integración del Consejo Regulador del Arroz, el cual debe registrarse ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) para que pueda ser el encargado de certificar con la Denominación de Origen.

La NOM-080-SCFI-2016 entrará en vigor 90 días naturales después de la publicación.

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